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POLITICAS DE CREDITO

Otorgamiento:

  1. El crédito será concedido a un cliente después de haber efectuado las dos primeras operaciones de contado, contra depósito en cuenta abonado. Se le otorgará crédito a las personas físicas y morales que:
  2. Estén legalmente establecidas de acuerdo con las leyes mercantiles y fiscales vigentes.
  3. Cuenten con solvencia económica capaz de garantizar el pago puntual de las mercancías en los plazos establecidos.
  4. Cuenten con buenas referencias comerciales.
  5. Sean sujetos de crédito de acuerdo con la investigación realizada.
  6. Hayan realizado puntualmente sus pagos a esta Empresa en ocasiones anteriores.

Para que el crédito se otorgue es necesario que el VENDEDOR lo haya solicitado por escrito al aérea de CRÉDITO Y COBRANZA. En esa solicitud se anexará la información actualizada del cliente. El tiempo de autorización de un crédito será de tres días en clientes locales y de cinco en los foráneos.

Límite:

Los límites de crédito se determinarán mediante la evaluación de la información que proporcione la investigación sobre la confiabilidad del cliente. En ningún caso el límite será inferior a $2,000.00, todas las operaciones inferiores a esta cantidad serán de contado.

© REREMO, S.A. de c.V.
Ultima Modificación: Viernes, 9 Abril, 2010 12:05 PM